Áreas comunes

Mascotas en nuestro condominio: ¿se pueden prohibir?

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En los últimos años, los animales de compañía han cobrado gran importancia en nuestra comunidad. Tener mascotas en nuestro departamento es razón de alegría, pues son una excelente compañía. En especial cuando vives solo.

Según el último censo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), actualmente 7 de cada 10 hogares en el país cuentan con una mascota (80% son perros). Pero, más allá de las estadísticas, se sabe que éstas son bastante apreciadas para la mayoría de los dueños y llegan a convertirse para ellos en un miembro más de la familia.

Pero no es simplemente comprar o adoptar al animalito. Cuando vives dentro de un condominio es importante evitar molestar a los demás con ruidos de ladridos, gemidos o maullidos, olores y hasta por el uso inadecuado de las áreas comunes.

Tener mascotas cuando se vive en un condominio puede llegar a generar problemas de convivencia con los vecinos y su entorno, generalmente provocados por:

  • Propietarios negligentes e irresponsables en el cuidado de mascotas.
  • Poco aseo y control de los malos olores.
  • Ruidos molestos asociados al ladrido y aullido de perros y gatos.
  • Agresividad de los animales.
  • Dueños que no recogen completamente los excrementos y les permiten orinar en áreas comunes.
  • Además de esto, se encuentra la intolerancia de algunos condóminos y residentes de la comunidad que simplemente no gustan de las mascotas y prefieren mantenerlas alejadas.

Entonces, cuando se presenta cualquiera de estos casos, aparecen las quejas ante la Administración y la Procuraduría Social (ProSoc), las discusiones y los problemas de convivencia. Esto deriva en solicitudes expresas de prohibir las mascotas en nuestro condominio.

Pero, ¿se pueden prohibir los animales de compañía en los condominios y fraccionamientos?

En México, hasta este momento, ninguna ley establece la prohibición de tener mascota en las copropiedades. Sin embargo, al vivir en un condominio la establece un límite de animales, conforme el tamaño del inmueble para que no afecte la condiciones seguridad, salubridad o comodidad de los vecinos. En específico, el Artículo 21 en su Fracción IX declara que le está prohibido a los condóminos, poseedores y en general a toda persona y habitantes del condominio lo siguiente:

“Poseer animales que por su número, tamaño o naturaleza afecten las condiciones de seguridad, salubridad o comodidad del condominio o de los condóminos. En todos los casos, los condóminos, poseedores, serán absolutamente responsables de las acciones de los animales que introduzcan al condominio, observando lo dispuesto en la Ley de Protección de los Animales en el Distrito Federal.”

La norma es muy vaga al no establecer claramente número de mascotas, tamaños y naturalezas específicas a prohibir. ¿Cómo saber a partir de qué número de mascotas se consideran muchos?, ¿cuál es el tamaño adecuado?, ¿qué especie sí se permite y cuál no? No hay una lista informativa al respecto y, por lo tanto, la interpretación es subjetiva y poco aplicable en la práctica.

Sin embargo, también es cierto que las características de cada comunidad son distintas y, por lo tanto, las apreciaciones al respecto también. No es lo mismo tener tres perros grandes en un apartamento de 50 metros cuadrados a tenerlos en un condominio de casas campestres. Los olores, el espacio e incluso los ladridos serán mucho más intensos en el primer caso y, por lo tanto, afectarán a la comunidad.

¿Cómo proceder en los problemas de convivencia derivados de la tenencia de mascotas?

La sana convivencia se basa en el cumplimiento de los deberes y en el respeto de los derechos del resto de la comunidad. La norma no puede inclinarse ni a favor del dueño de la mascota ni de aquel vecino al que le molestan los animales. Tiene que ser justa y equitativa.

Si la mascota no genera ningún problema, entonces no habría porqué prohibirle vivir en el condominio, pero si resulta ruidoso, sobre todo en las noches, y es sumamente agresivo, las cosas se complican porque está afectando directamente al resto de residentes.

En la fracción XIV del artículo 53 de la , donde habla sobre lo que el reglamento interno puede contener, se dice lo siguiente:

“Determinar, en su caso, las medidas y limitaciones para poseer animales en las unidades de propiedad privativa o áreas comunes; si el Reglamento de esta Ley fuere omiso, la Asamblea General resolverá lo conducente;”

Según lo que marca la Ley, es el Reglamento Interno del Condominio (elaborado y aprobado por el 51% de la Asamblea General) el que debe establecer las reglas relativas a la posesión de las mascotas: sacarlos con correa a las zonas comunes, recoger sus heces, no permitirles ladrar en las noches, etc.

No obstante, es preciso mencionar que dicho reglamento no puede negar la presencia de mascotas, dado que la Ley no impide explícitamente el tener mascotas en los condominios.

En el de nuestro condominio se tiene establecido lo siguiente:

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO. ANIMALES.


ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO.- Se prohíbe la permanencia de animales dentro del conjunto, que por sus características resulten peligrosos o nocivos para la salud de los condóminos. Los condóminos que posean animales domésticos que no afecten la salud o armonía de la convivencia de los condóminos, son responsables directos de que sus animales no ensucien o molesten al resto de los condóminos y si se trata de animales
que pueden pasear en el conjunto, siempre deberán ir acompañados de su amo, sujetos con correa, y su amo deberá recoger y disponer adecuadamente de los excrementos o basura que estos generen o desordenen. El administrador del condominio deberá dar aviso a las autoridades sanitarias si en algún momento se desobedecen las reglas antes establecidas.

¿Dónde quedan los derechos de seguridad, salubridad y comodidad de la comunidad?

Si los vecinos no pueden dormir a causa de los ladridos, si huele mal, si las áreas comunes están llenas de excremento, pueden quejarse ante la Administración para tratar de solucionar el problema. Si no encuentra solución a su reclamo, entonces tiene la opción de quejarse directamente ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México. La entidad determinará responsabilidades y aplicará las sanciones a que haya lugar.

Para finalizar, se puede concluir que, si el Reglamento es claro y el dueño es responsable y cumple con lo allí normado, no habría razón para problemas de convivencia asociados a la posesión de mascotas.

Por lo tanto, es importante que todos los condóminos se mantengan informados acerca de las normas establecidas en el Reglamento Interno y las modificaciones que se le hagan relativas al tema.

Adopta una buena cultura condominal para tener mascotas

Analiza adoptar animales del tamaño y raza adecuado

Algunas veces puede parecerte linda una raza de mascotas. Pero te has preguntado ¿Cabe en casa? ¿Podré controlarlo? Si dispones de poco espacio, lo mejor es tener animales de razas pequeñas o que no crezcan mucho. También analiza el tipo de raza ya que algunas suelen ser muy agresivos con las personas.

Recoge siempre sus desechos

Como regla sanitaria en un condominio es esencial hacerse cargo de los desechos de tu mascota. Muchos vecinos se quejan de encontrar heces de gato en sus azoteas o de perro frente a su puerta, andadores y estacionamientos. No seas uno de esos vecinos molestos con los que lidian todos. Hazte cargo de la limpieza de tus mascotas.

Pasea a tu perro con correa

Cuando saques a pasear a tu perro es muy importante que lo lleves con correa. Si es un poco agresivo o más que juguetón, mejor ponle un bozal para evitar que muerda a alguna persona. De acuerdo al artículo 301 del Código Penal Federal si eres responsable de un animal y este daña a un tercero de manera intencional o por descuido, quedas como responsable de los daños. Si es muy grave el daño, se paga con cárcel.

Ten cuidado con el ruido

Un problema común del que pueden quejarse los vecinos es cuando los perros o gatos ladran o maúllan en medio de la noche. Es una situación que es bastante molesta. Para evitar este tipo de sonidos fuertes, procura bajarle el nivel de ansiedad a tu mascota. ¿Cómo lo haces? Puedes jugar con ella, sacarle a pasear constantemente y no darle de comer muy tarde.

En la CDMX existe una nueva ley de protección animal que obliga a los dueños de mascotas a registrarlas y colocarles un chip de rastreo. Aunque no existe una regulación para que se cumpla cabalmente, representa un gran avance en materia legal para los derechos de las mascotas.

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